Misión

Diseñar, instrumentar y aplicar la política ambiental estatal con objeto de promover la protección del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales del Estado de Campeche, fomentando una conciencia ciudadana que coadyuve en estos propósitos.

Visión

Un estado de Campeche en el cual las necesidades del desarrollo económico y social sean compatibles y también respetuosas del medio ambiente y sus recursos naturales.

Atribuciones

De acuerdo con la normatividad vigente, la Secretaría de Medio Ambiente y Aprovechamiento Sustentable tiene a su cargo:

  1. Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas, recursos naturales y bienes y servicios ambientales en el Estado, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable;
  2. Formular y conducir la política estatal en materia de recursos naturales, así como en materia de ecología, saneamiento ambiental, regulación ambiental del desarrollo urbano, con la participación que corresponda a otras Dependencias del Estado y de los Municipios;
  3. Administrar, regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que correspondan al Estado;
  4. Establecer, con la participación que corresponda a otras dependencias y a las autoridades municipales, los criterios ecológicos particulares sobre la preservación y restauración de la calidad del medio ambiente, sobre los ecosistemas naturales, sobre el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y sobre descargas de aguas residuales;
  5. Promover ante las autoridades competentes, el establecimiento y adopción de instrumentos jurídicos y económicos, así como de estímulos fiscales y financieros, necesarios para la protección, restauración, desarrollo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y el cuidado del medio ambiente;
  6. Vigilar y estimular el cumplimiento de las Leyes, Normas y Programas relacionados con Recursos Naturales y Medio Ambiente, y en su caso imponer las sanciones que procedan, dentro del ámbito de su competencia legal;
  7. Proponer el establecimiento de áreas naturales protegidas y promover, para su organización, administración y vigilancia, la participación de autoridades estatales y municipales, así como de instituciones de Educación Superior, Centros de Investigación y particulares;
  8. Coadyuvar con las autoridades federales en materia de posesión y propiedad de la Nación en las playas, zona federal marítimo-terrestre y terrenos ganados al mar; y proponer el aprovechamiento de salinas ubicadas en terrenos de Propiedad Nacional y de las formadas directamente por las aguas del mar;
  9. Intervenir en Foros Nacionales e Internacionales respecto de las materias de su competencia;
  10. Promover el ordenamiento ecológico del territorio estatal, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, según corresponda, y con la participación de los particulares;
  11. Evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de competencia estatal sobre proyectos de desarrollo que le presenten los sectores Público, Social y Privado; y resolver sobre los estudios de riesgo ambiental, así como sobre los programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica;
  12. Promover y difundir las tecnologías y formas de uso requeridas para el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y de la calidad ambiental de los procesos productivos, de los servicios y del transporte;
  13. Fomentar y realizar programas de restauración ecológica, en cooperación con las autoridades federales, estatales y municipales;
  14. Establecer y promover un sistema de información ambiental estatal, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, e instituciones de investigación y de educación superior;
  15. Promover en el Estado metodologías y procedimientos de valuación económica del capital natural, así como de los bienes y servicios que éste presta;
  16. Proponer la creación de las plantaciones forestales y viveros, por sí o en cooperación con los gobiernos federal y municipales o con particulares; promover la conservación de los suelos de la Entidad y fomentar la aplicación de las técnicas y procedimientos adecuados en coordinación con las autoridades federales y municipales, y con la participación de los sectores social y privado;
  17. Promover la participación social y de la comunidad científica en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental, así como concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente;
  18. Coadyuvar con las autoridades competentes en la realización de censos de predios forestales y silvopastoriles y de sus productos; y en el levantamiento, organización y manejo de la cartografía y estadística forestal del Estado;
  19. Coadyuvar en la aplicación de las restricciones que establezcan las disposiciones aplicables sobre la circulación o tránsito por el territorio estatal de especies de la flora o fauna silvestres, así como proponer ante la autoridad competente medidas de restricción a este tránsito, cuando se requiera para su conservación o aprovechamiento;
  20. Coordinar, concertar y ejecutar proyectos de formación, capacitación y actualización para mejorar la capacidad de gestión ambiental y el aprovechamiento sustentable de recursos naturales; estimular con la participación de los organismos de los diversos niveles educativos, culturales y los medios de comunicación masiva, la conservación de nuestro patrimonio natural y promover la formación de especialistas y la investigación científica y tecnológica en la materia;
  21. Proponer a la Federación el aprovechamiento de cuencas hidráulicas, vasos, manantiales y aguas de Propiedad Nacional y de las zonas federales correspondientes;
  22. Promover medidas de conservación de las corrientes y lagunas, y la protección de cuencas alimentadoras y obras de corrección torrencial;
  23. Las demás que le señalen las Leyes y Reglamentos vigentes en el Estado.
 
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